Si esperás un Tesla por el cupo sin arancel, lo que importa ahora son los criterios que fije la convocatoria 2027. Un particular sigue sin poder pedir cupo.
La Secretaría de Industria, Comercio y Pyme publicó el 30 de octubre de 2026 en el Boletín Oficial la Resolución 438/2026, que rige desde el 31 de octubre. No abre la convocatoria del cupo 2027: cambia las reglas con las que se van a repartir los 50.000 vehículos que pueden entrar con derecho de importación extrazona del 0%. Para eso reemplaza los artículos 6 y 8 del procedimiento de la Resolución 29/2025.
Qué cambia
Los criterios se fijan en cada convocatoria. Hasta ahora el procedimiento traía criterios propios. Con el nuevo texto, cada llamado va a definir los suyos. La resolución enumera, entre otros, antecedentes en el régimen, antecedentes de producción, importación y venta, capacidad financiera, el período de nacionalización, el menor precio ofrecido, el cumplimiento de la homologación, los patentamientos (en general y de motorización alternativa), las tecnologías innovadoras y las inversiones en infraestructura de carga eléctrica.
El reparto sigue 25.000 y 25.000, pero cambia la redacción. La categoría a) pasa a ser «empresas terminales radicadas en la República Argentina», sin el requisito de producción local que citan iProfesional y Ámbito sobre el texto anterior. La categoría b) queda para «personas jurídicas» que no sean esas terminales; según iProfesional, antes decía «personas físicas o jurídicas».
El remanente puede cambiar de categoría. Lo que no se use puede ir a futuras convocatorias o reasignarse entre los dos grupos, sin importar a cuál pertenecía. Cada llamado tiene que decir cómo.
Topes por empresa, por modelo y por FOB. El organismo que convoque puede fijar máximos por empresa, por modelo y de valor FOB, por convocatoria y por año, y hacer llamados separados para cada categoría. En ningún caso se puede superar el tope FOB del Decreto 49/2025, que el Decreto 1128/2026 llevó a USD 35.000 para eléctricos puros.
Qué significa para importar un Tesla
Para un particular, el cambio de redacción no mueve mucho en la práctica: la convocatoria del cupo 2026 ya estaba dirigida a «personas jurídicas». El cupo siempre se pensó para empresas que importan y venden, no para quien quiere traer un auto propio. La norma ahora lo deja escrito en el procedimiento.
SOBRE ESTA NOTA
Oficial · Argentina · Actualizado 30.10.26
Fuentes
- 01 Resolución 438/2026 (SICYPYME): modifica arts. 6 y 8 del Anexo de la Res. 29/2025 ↗
- 02 Convocatoria cupos de importación 2026 (Decreto 49/2025) — resumen InfoLEG ↗
- 03 Autos eléctricos sin arancel: el Gobierno modifica el cupo importador ↗
- 04 Cambian las reglas para repartir el cupo de autos importados sin arancel ↗
