Cierra el hilo cupo 49→44→340. No crea automáticamente otras 50.000 unidades ni una excepción Tesla.
Actualización 11 de octubre de 2026: el Decreto 1128/2026, publicado en el Boletín Oficial el 30 de septiembre y vigente desde el 1 de octubre, reemplazó el tope único de USD 16.000 FOB del cupo sin arancel por topes según el tipo de vehículo: hasta USD 35.000 para eléctricos puros, USD 18.000 para híbridos e híbridos enchufables y USD 16.000 para mild hybrid. El cupo anual de 50.000 unidades no cambió. Más contexto en la nota sobre el decreto.
Qué cambió
El Decreto 44/2026 modificó el régimen de importación de electrificados del Decreto 49/2025. Incorporó la posibilidad de asignar, en el año inmediato siguiente, unidades no asignadas o no utilizadas, sumándolas al cupo de ese período.
Qué no cambió
Mantuvo el límite base de 50.000 unidades anuales y el tope FOB de USD 16.000 por vehículo (que el Decreto 1128/2026 reemplazó desde el 1 de octubre) para el beneficio de derecho extrazona 0%. El decreto no crea automáticamente otras 50.000 unidades ni una excepción específica para Tesla.
Cómo se conecta con el resto del hilo
La asignación 2026 (Resolución 513/2025) y la Disposición 340/2026 sobre remanentes se leen junto con este rollover. Ver también: Cupo 2026: 50.000 electrificados con DIE 0% y Disposición 340/2026
Qué no afirmar
No afirmar que el rollover eleva el máximo FOB, que garantiza cupo para un Tesla de lista estadounidense, ni que acredita unidades efectivamente arribadas.
SOBRE ESTA NOTA
Confirmado · Argentina · Actualizado 11.10.26
